Elegibilidad

Cualquier persona que viva en los condados de Sonoma, Solano o Napa, independientemente de su edad o ingresos, que sea Se cree que tiene o corre el riesgo de tener una discapacidad del desarrollo puede recibir una evaluación de admisión de los profesionales clínicos de NBRC para determinar si es elegible para los servicios del centro regional. Una discapacidad del desarrollo se define como una discapacidad que ocurre antes de los 18 años, es sustancialmente discapacitante y se espera que continúe indefinidamente.

El centro regional atiende a personas que tienen las siguientes discapacidades del desarrollo:

  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis cerebral
  • Epilepsia
  • Autismo

Las personas que tienen una afección discapacitante que está estrechamente relacionada con la discapacidad intelectual, que requiere un tratamiento similar al requerido para las personas que tienen una discapacidad intelectual, también pueden ser consideradas para la elegibilidad del centro regional.

El solicitante también debe tener un discapacidad sustancial. Una "discapacidad sustancial" significa:

  1. Una condición que resulta en un deterioro importante del funcionamiento cognitivo y / o social, que representa un deterioro suficiente para requerir la planificación interdisciplinaria y la coordinación de servicios especiales o genéricos para ayudar al individuo a alcanzar el máximo potencial y:
  2. La existencia de una limitación funcional significativa, según lo determine el centro regional, en tres o más de las siguientes áreas de la actividad principal de la vida, según corresponda a la edad de la persona:
    1. Lenguaje receptivo y expresivo.
    2. Entrenamientos
    3. Cuidado personal
    4. Movilidad
    5. Autodirección
    6. Capacidad para vivir independientemente.
    7. Autosuficiencia económica.

La discapacidad del desarrollo no incluirá condiciones de discapacidad que son:

  1. Sólo trastornos psiquiátricos cuando hay un funcionamiento intelectual o social deficiente que se originó como resultado del trastorno psiquiátrico o el tratamiento administrado para dicho trastorno. Dichos trastornos psiquiátricos incluyen privación psicosocial y / o psicosis, neurosis grave o trastornos de la personalidad, incluso cuando el funcionamiento social e intelectual se ha visto gravemente afectado como manifestación integral del trastorno.
  2. Sólo discapacidades de aprendizaje.  Una discapacidad de aprendizaje es una condición que se manifiesta como una discrepancia significativa entre el potencial cognitivo estimado y el nivel real de rendimiento educativo y que no es el resultado de una discapacidad intelectual generalizada, privación educativa o psicosocial, trastorno psiquiátrico o pérdida sensorial.
  3. Sólo físico en la naturaleza. Estas condiciones incluyen anomalías congénitas o condiciones adquiridas a través de una enfermedad, accidente o desarrollo defectuoso que no están asociadas con una discapacidad neurológica que resulte en la necesidad de un tratamiento similar al requerido para la discapacidad intelectual.

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