Requisitos de informes COVID-19 SIR
El 25 de marzo de 2020, el Departamento de Servicios para el Desarrollo emitió una directiva Directiva DDS 01032520 - Notificación de incidentes relacionados con COVID-19 en SANDIS con instrucciones a los proveedores sobre qué incidentes relacionados con COVID-19 deben ser informes de incidentes especiales (SIR). A continuación se muestran los incidentes específicos que deben informarse como SIR:
- Un individuo ha tenido contacto directo con el personal del proveedor que ha dado positivo por COVID-19;
- Un individuo es exhibiendo síntomas de COVID-19 y ha recibido atención médica en un hospital, sala de emergencias o clínica de atención urgente debido a síntomas de COVID;
- Un individuo resultado positivo para COVID-19;
- Un individuo la muerte está relacionada con COVID-19, ya sea por prueba COVID-19 positiva confirmada o por diagnóstico médico no confirmado por prueba
Consulte el siguiente diagrama de flujo de informes de COVID-19
Diagrama de flujo de informes de COVID
Procedimientos de informes de incidentes especiales (SIR)
Según el Código de Regulaciones de California, todos los Proveedores de Centros Regionales e Instalaciones de Atención a Largo Plazo que prestan servicios a los consumidores del Centro Regional deben informar al Centro Regional los Incidentes Especiales que involucren a los consumidores dentro de las 24 horas posteriores al incidente. Además de los requisitos de informes descritos en el TÍTULO 17, el Centro Regional también tiene requisitos de informes específicos para los proveedores para otros tipos de Incidentes Especiales que no figuran en las regulaciones.
Requerimos que todos los proveedores e instalaciones de cuidado a largo plazo:
-
Notifique al Coordinador de Incidentes Especiales (SIR) del Centro Regional de North Bay por teléfono (707-256-1259);por fax (707-256-1270); o correo electrónico (SIR@NBRC.net) de todos los incidentes especiales dentro de las horas de conocimiento de 24 del incidente.
-
Presentar un informe escrito dentro de las horas 48 atn: Coordinador SIR NBRC Fax # (707) 256-1270 o correo electrónico: SIR@nbrc.net
- Notifique la entidad de licencia aplicable (CCL, DHCS, Salud Pública, APS, Defensor del Pueblo, Policía, etc.) según las regulaciones.
- Notifique a la persona responsable (es decir, padre, tutor, tutor) según los requisitos.
- Enviar la actualización al Centro Regional de North Bay dentro de 30-días, si corresponde
Reporte de Incidente Especial
(El enlace anterior descargará un formulario PDF rellenable en su computadora)
Información de resolución de problemas aquí: Información del formulario SIR en PDF)
Los entrenamientos de proveedores, incluido SIR, se pueden encontrar aquí:
Lista de control de restricciones
Requisitos de informes de restricción
Requerimientos de Reporte para Proveedores de Crisis o Servicios Residenciales
Condado de Napa APS/ Condado de Napa CPS / Testigo de víctima del condado de Napa
Condado de Solano APS/ Condado de Solano CPS / Testigo de la víctima del condado de Solano
Condado de Sonoma APS/ Condado de Sonoma CPS / Testigo de la víctima del condado de Sonoma
Community Care Licensing (CCL) / Title 22 Regulations